Corte Constitucional de Colombia despenaliza parcialmente el aborto
Un fallo de la Corte Constitucional, cuyo ponente fue el magistrado Jaime Araújo Rentería, eliminó la pena de uno a tres años que el Código Penal contemplaba para quien se practicara un aborto. La votación fue de cinco votos a favor y tres en contra.
La despenalización se aplica en tres casos especiales: cuando la mujer haya sido objeto de violación, cuando haya una malformación grave en el feto o cuando el embarazo revista riesgo para la madre. En esos tres casos, el Código Penal preveía una reducción de las tres cuartas partes de la condena.
La decisión se produce luego de dos días de sesiones plenas de la Corte, de las que se ausentó el presidente del tribunal, Jaime Córdoba Triviño, pues se declaró impedido al haber participado en la redacción de la norma demandada por la abogada Mónica Roa. No obstante, hay que aclarar que en los demás casos, el aborto sigue siendo ilegal.
Roa, apoyada por la ONG Women's Link Worldwide (WLW), había presentado en abril del año anterior una demanda en la que además incluía las recomendaciones de dicha organización. El asunto generó toda una controversia nacional entre la Iglesia Católica y organizaciones conservadoras, que se oponen al aborto en cualquier caso, y sectores más liberales y feministas, que se pusieron a favor de la despenalización en casos especiales. En diciembre pasado, el alto tribunal constitucional se había declarado inhibido por supuestas fallas en la acción presentada por Roa, quien corrigió la demanda y la volvió a presentar a comienzos del presente año.
Si hay malformaciones del feto o peligro para la madre, la corte sentenció que, para poder practicar el aborto, debe haberse expedido una certificación médica. En caso de abuso sexual, debe haber una denuncia ante las autoridades competentes o un concepto de una autoridad médica, como Medicina Legal.
En Colombia se practican más de 300.000 abortos anuales. Según las autoridades, es la segunda mayor causa de mortalidad entre las mujeres.
Reacciones
- "A pesar de que es un triunfo, creo que tenemos que tener cabeza fría y saber que esto es un paso adelante. Tenemos que asegurar cuál va a ser la regulación para el acceso al servicio, no podemos quedarnos con una sentencia bonita en el papel, sino asegurarnos que ese derecho reconocido tenga un impacto real en la vida de las mujeres", Mónica Roa, abogada demandante.
- "Nos parece lamentable este fallo. Evidentemente se esperaba una decisión o a favor o en contra, entonces no es sorpresiva; pero como Iglesia seguiremos insistiendo en invitar a los colombianos a no aceptar el aborto", monseñor Luis Augusto Castro, presidente de la Conferencia Episcopal Colombiana.
- "El tema no es de conveniencia o inconveniencia, el tema es de actualización en la legislación, en los derechos fundamentales, en el respeto a la dignidad humana y sobre todo en un tema de salubridad pública que hay que definirlo de una vez por todas", Edgardo Maya, Procurador General de la Nación.
- "Cuando hay un fallo este Gobierno lo que hace es acatar, entonces `ni mu´, ese es el fallo, esa es la decisión de las cortes, eso ya hace parte de los textos jurídicos colombianos", Sabas Pretelt, ministro del Interior y de Justicia.
- "En las condiciones que ha señalado Mónica en su demanda, a mi me parece que no hacerlo es un acto no sólo antitético, sino que me parece profundamente inmoral", Carlos Gaviria Díaz, candidato presidencial del Polo Democrático Alternativo.
Fuentes
- “Iglesia rechaza, Gobierno acata fallo sobre aborto” — Caracol Noticias, 11 de mayo de 2006.
- “Colombia despenaliza aborto en casos excepcionales” — Reuters, 11 de mayo de 2006.
- “Se despenaliza parcialmente el aborto en Colombia” — Caracol Noticias, 10 de mayo de 2006.