Desechan amparo de Aristegui contra su despido de MVS
15 de julio de 2015
La salida del aire de la periodista mexicana Carmen Aristegui y su equipo editorial, acontecida el 15 de marzo pasado, desató una ola de críticas contra la presidencia de la República y MVS Comunicaciones, la empresa que se encontraba enfrascada en una lucha por ganar licitaciones de espacios en el espectro de la televisión digital nacional, un recurso público. Entre la población se generó la noción de que se estaba atentando contra la libertad de expresión y se convocó a boicots y diversas manifestaciones para dejar en claro el sentir popular en contra de lo acontecido.
Desde el despido de Aristegui y hasta el día de ayer, la comunicadora y la empresa se hallaban envueltos en una batalla legal para obtener respuestas a las interrogantes que quedaban ante las declaraciones contradictorias de MVS y la Presidencia acerca de si el equipo editorial de Aristegui había infringido o no las normativas corporativas de MVS al “vincular” a esta con Méxicoleaks, una plataforma de información independiente que facilitaría al público realizar denuncias de corrupción en las instituciones gubernamentales, resultando en un “uso de marca sin autorización”. Con este subterfugio, y tras despedir inicialmente a dos miembros del equipo de noticias, MVS resolvió terminar abruptamente el contrato de Aristegui, reprochando que no aceptarían un “ultimátum” por parte de la comunicadora para reinstaurar a los colaboradores en la empresa. El espacio radiofónico Noticias MVS ha tenido dos conductores desde entonces, primero Carlos Reyes y luego Alejandro Cacho.
El quinto Tribunal Colegiado en materia administrativa del Poder Judicial dictaminó que daría razón al recurso de queja 139/2015, querella puesta por MVS, y revocaría la admisión del amparo indirecto promovido por Aristegui desde marzo, dando un carpetazo permanente al asunto. Ante esta resolución, el equipo de Aristegui Noticias preparó un comunicado en el que manifiesta su perplejidad:
“ | […] El Tribunal Colegiado contradice la jurisprudencia definida de la Suprema Corte, que establece que el análisis sobre la naturaleza jurídica de la autoridad responsable debe hacerse, no en el auto admisorio, sino en la sentencia de fondo que resuelva el juicio de amparo. | ” |
Un cambio de rumbo
El tribunal federal había expresado con anterioridad su postura de defender a la periodista y a su equipo ante la cancelación unilateral del contrato. El juez Fernando Silva García admitió el recurso de amparo el 14 de abril, que buscaba revertir la salida por la vía judicial y que impuso una multa a MVS por “intentar generar una demora” en el litigio, además de exigir que en un máximo de 48 horas se pagaran los salarios caídos y se dispusieran a negociar nuevos términos contractuales que satisfacieran a ambas partes. Sin embargo, la sentencia definitiva apelatoria de ayer terminó por complacer los deseos de la empresa, que alegó que nunca se debió amparar a Aristegui en primer lugar, porque MVS Comunicaciones “no podía considerarse como autoridad”, pese a concesionar espectro radiofónico federal.
Con esta moción, Aristegui se queda sin recursos legales para contender contra el conglomerado de medios. Sostuvo que ninguna otra autoridad podrá ya estudiar “cuestiones fundamentales” pendientes todavía de resolución, como la independencia y libertad de la información.
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Fuentes
- ((es)) “Tribunal rechaza amparo de Aristegui para regresar a MVS y da por terminada la batalla legal” — Sin Embargo, 14 de julio de 2015.
- ((es)) EFE “Tribunal rechaza amparo de Aristegui para regresar a MVS” — El Diario de Yucatán, 15 de julio de 2015.
- ((es)) David Saúl Vela “Aristegui pierde la batalla contra MVS” — El Financiero, 14 de julio de 2015.