Diputados de Costa Rica despenalizaron abuso sexual contra mayores de edad
25 de septiembre de 2014
Los diputados de Costa Rica de la administración 2010-2014 aprobaron una reforma al código penal de ese país el cual, dejó impune el abuso sexual a personas mayores de 18 años según relató el diario local Nación.
De acuerdo con el Departamento de Prensa del Ministerio Público, una joven de 19 años denunció a un hombre que la abordó en un autobús, la sujetó y le tocó uno de sus senos en abril de este año; por este suceso un tribunal lo condenó a tres años de prisión por abuso sexual en contra de la mujer, sin embargo el Tribunal de Apelación lo declaró inocente basándose en que, un error de los legisladores despenalizó el abuso sexual contra mayores de edad.
El error se debe a la reforma que hicieron, al incluir el artículo 161 bis, este permite a los jueces aplicar la pena de inhabilitación para abusadores de menores, sin embargo al introducir el nuevo numeral variaron la interpretación legal, lo que ahora tiene a las autoridades y la población en general sumamente preocupados.
Los diputados olvidaron verificar la numeración y texto de los artículos anteriores y siguientes al 161. Como la sanción del artículo 162 se refiere a "los abusos descritos en el artículo anterior", los diputados no tomaron la precaución de variar esa frase cuando introdujeron el numeral 161 bis, pues este último no describe la conducta del abuso como sí lo hace el artículo 161 que dicta: "Quien, de manera abusiva, realice actos con fines sexuales contra una persona menor de edad o incapaz o la obligue a realizarlos al agente, a sí misma o a otra persona, siempre que no constituya delito de violación".
Los jueces que dejaron libre al hombre se basaron en que hay una confusa aplicación del artículo 162, lo que violenta el principio de texatividad, el cual dicta que únicamente las conductas descritas en una ley pueden ser sancionadas, en este caso, la norma no lo expresa y por tanto, no es castigable.
Sin embargo, otros jueces declararon al diario Nación que hay un error de interpretación de los jueces y que, la Sala Constitucional de Costa Rica ha declarado que la palabra "bis" cuando se detectan errores de los diputados debe entenderse de manera diferente.
Milena Grillo, directora de la Fundación Paniamor declaró que ya presentaron un proyecto de ley para llenar el vacío y corregir el error en la sanción de delitos sexuales, incluyendo la corrección al artículo 162.
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Fuentes
- ((es)) David Delgado “Error de diputados deja impune el abuso sexual” — Nación, 25 de setiembre de 2014.
- ((es)) Poder legislativo y judicial “Código Penal Ley Nº 4573” — Tribunal Supremo de Elecciones, 15 de noviembre de 1970.