Entrevista a David Bravo
5 de julio de 2005
David Bravo, abogado especialista en asuntos de propiedad intelectual y figura destacada en las discusiones sobre las redes P2P, la SGAE y el canon por derecho de copia privada, ha accedido a conceder una entrevista.
Preguntas y respuestas
Ley
P: Recientemente un reportaje en los informativos de TVE explicaba que cada vez más gente se descarga canciones ilegalmente, ¿alguna vez se ha condenado, o simplemente denunciado, a alguien en España por bajarse música de internet? ¿Qué es legal y qué es ilegal hoy en España? ¿Comprar en el top manta? ¿Y vender? ¿Copiarle un CD a un amigo? ¿Y aceptarlo? ¿Descargar música o películas de un servidor ftp o por un programa p2p? ¿Y ofrecerlas?
R: Condenado, jamás. Una vez se denunció a una familia por bajarse tres películas y la jueza, María Eugenia Canal Bedia, archivó el expediente.
En lo que respecta al Top Manta, comprar no es ilegal. Vender sí que lo es. El Código Penal castiga en su artículo 270 a quien con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente una obra.
Ni copiar un CD a un amigo ni aceptar esa copia es una actividad ilegal (siempre que estemos hablando de actividades sin ánimo de lucro). El artículo 31.2 LPI introduce el derecho a la copia privada que permite las copias cuando se hacen para tu uso privado, sin fin lucrativo y sin propósito de una ulterior difusión. Lo mismo puede decirse de la descarga de un FTP, si esta reproducción cumple esos requisitos del artículo 31.2 estaremos igualmente ante una copia privada.
El centro del debate está en las redes P2P por su particular funcionamiento en el que se suben datos simultáneamente a su descarga. Descargar obras intelectuales de una red P2P no es delito si se carece de ánimo de lucro y tampoco vulnera la Ley de la Propiedad Intelectual si esa copia es para uso privado y no va a tener un fin lucrativo o colectivo.
El ánimo de lucro al que se refiere el artículo 270 CP no puede interpretarse de forma amplia de tal manera que exista sólo con el hecho de que obtengas cualquier provecho, ganancia o utilidad. De aceptarse esa interpretación, todas las copias serían delictivas porque todas te van a dar algún tipo de provecho o utilidad. Además, hay que recordar que el Código Penal se rige por los principios de intervención mínima y de proporcionalidad.
El debate, en lo que respecta a las P2P no está tanto en el download como en el upload. Como sabemos, las redes P2P más populares suben datos de forma simultánea a la descarga. Este acto pretende calificarse por ciertos sectores como comunicación pública. Si así fuera, seguiría sin existir delito si no tienes ánimo de lucro pero podría ser un ilícito civil si careces de autorización para esa comunicación. Sin embargo, decir que esa subida automática de ficheros es una comunicación pública resulta forzado.
No es cierto, como dicen algunos, que esa subida de datos pueda equipararse a poner música en la radio. La mayoría de la gente opinaría que existe una diferencia muy clara entre esos dos actos. Al contrario que la música que se emite por la radio, la subida automática que sucede mientras te descargas un archivo de una P2P puede desde no ser conocida por el usuario hasta serlo pero ni siquiera pretenderse. La pregunta es si esos elementos subjetivos tienen alguna relevancia para la calificación del acto.
En mi opinión, la respuesta es que en el ámbito civil la voluntad de las personas que realizan los actos no suele ser una cuestión secundaria sino determinante. Las conclusiones del libro Comentarios a la Ley de la Propiedad Intelectual secundan esta interpretación subjetivista. Aunque habla de la distribución, el razonamiento es trasladable a la comunicación pública cuando dice que "lo determinante para considerar a un determinado acto como distribución es la finalidad o el propósito de ofrecer, directa o indirectamente, el original o copia de la obra al público".
Además, jamás podría existir comunicación pública en las redes P2P porque éstas, por definición, establecen conexiones exclusivamente bipersonales.
SGAE
P: ¿Qué le pareció la reciente propuesta Pedro Farré, abogado de la SGAE, de la creación de un carnet para poder navegar por internet, para así erradicar el anónimato en la red?
R: Me pareció algo equivalente a pedir que caminemos por la calle con el DNI entre los dientes. Nos escandalizaríamos si alguien propusiera que nos identificáramos al entrar en una tienda, hablar con los amigos, mirar escaparates o montar en el autobús. Esa es la propuesta de Farré en su versión digital. El derecho a la intimidad tirado por los suelos para proteger unos intereses privados que exigen un control imposible para mantenerse en pie. Como las nuevas tecnologías hacen la propiedad intelectual incontrolable, la propuesta de algunos no es la de aceptar y adaptarse a esa realidad sino tatuar en la frente de los ciudadanos sus señas de identificación.
P: Da la impresión de que el principal problema al que nos enfrentamos a la hora de tratar con la SGAE es la imagen mediática de respetabilidad que se les da como defensores de "la cultura" frente a los agitadores y piratas, de lo que se tilda a cualquiera que les lleve la contraria, ¿Cómo podría cambiarse esa imagen?
R: Es muy difícil. La gente cree mucho más la realidad que aparece reflejada en televisión que la que ven por la ventana cada día. Tu hijo es un tipo normal, que cumple con sus obligaciones y se lleva bien con sus amigos, pero la televisión dice que, como juega a Rol, es en realidad una especie de perturbado. Tú lo ves a diario y le abres la maleta a escondidas para comprobar que no lleva dentro la cabeza de ningún amiguito. A pesar de eso, como lo que la tele dice va a misa, estás preocupado.
En lo que respecta al P2P, los que se apartan del pensamiento único son poco menos que una secta cuando se ven reflejados en los medios de comunicación. Las ideologías que se contraponen en el debate sobre la propiedad intelectual se resumen en los defensores de la cultura, el orden y las buenas costumbres, por un lado, y las personas entusiastas de no pagar, por el otro. Y así, disfrazados de noticia, aparecen estos artículos de opinión escritos por personas que saben entre nada y menos que nada de la materia que comentan. El trato casi quirúrgico que demuestran con aquellos que tienen ejércitos de abogados con la demanda fácil, se convierte en despreocupación cuando el protagonista de la noticia es considerado inofensivo.
Este principio se ve claramente en el tratamiento que el diario Levante dio a la famosa conferencia de Jorge Cortell en la UPV. Bajo el titular "El mantenedor de la descarga en Internet", descubríamos que Cortell no era el profesor de un master sino solamente "un conferenciante" y los que le escuchan, no son el público, sino "sus acólitos". La defensa del intercambio en las redes, hecha "sin discreción", se transmitía ante "varias decenas de estudiantes entusiastas de no pagar por la propiedad intelectual".
La única forma de intentar erosionar esta imagen es la de multiplicar la información de forma vírica. No sólo en Internet sino también, y sobre todo, fuera de ella. Pero eso exige un esfuerzo y un tiempo que no todos tienen o que no todos regalan.
P: Toda asociación de autores y editores no tiene por qué ser como la actual SGAE. ¿Cómo sería su SGAE ideal?
R: Para mí la ideal sería la que no mezclase a editores con autores, la que permitiera votar a todo el mundo y no sólo a los que tienen unos determinados ingresos, la que gestiona licencias Creative Commons y la que no tiene una guerra contra la sociedad. Es decir, la ideal para mi sería justo la contraria a lo que es la SGAE hoy en día.
P: Dé un consejo para grupos de música independientes. Si no les recomienda acudir a la SGAE ni a las compañías discográficas para proteger sus derechos: ¿a quién acudir?
R: Sus derechos están protegidos por la ley. Eres autor de una obra en el momento mismo en el que la creas. Desde ese instante tienes derechos sobre ella. En cualquier caso y para conseguir un plus de protección frente a posibles plagios, está el Registro de la Propiedad Intelectual. El problema está en que ciertos derechos de remuneración sólo pueden ser ejercidos a través de una entidad de gestión. Ante eso lo único que pueden y deben hacer los músicos es unirse y crear una entidad de gestión paralela y alternativa a SGAE.
Por otro lado, las compañías discográficas no siempre son enemigos. Es cierto que el 80% del mercado lo controla un oligopolio tiránico con el artista, pero existen también compañías independientes que tienen una forma de trabajar muy diferente.
Música libre
P: ¿Qué opinión le merece el ataque de algunas asociaciones de autores, como la española ACAM, contra las licencias Creative Commons, considerándolas válidas sólo para aficionados y un peligro para los músicos?
R: El presidente de ACAM, Teo Cardalda, parece que es de los que creen que la realidad puede quizás reformarse un poco pero que no puede cambiarse. Para este tipo de personas la realidad no la hacen los seres humanos sino que responden al orden natural de las cosas o a los mandatos de Dios. Teo Cardalda, que autodenomina a su asociación como el "brazo armado" de los derechos de autor, simplemente, condena lo que ignora.
La realidad la hacemos nosotros y lo que valía para ayer puede no valer para hoy. Las licencias Creative Commons no son más que una adaptación a esa nueva realidad. Los que creen que sólo hay una opción posible pretenden que los músicos que opten por las Creative Commons no sean llamados músicos sino "aficionados" o "amateurs". El monopolio de la palabra músico lo tiene Cardalda, del mismo modo que el monopolio de la palabra "matrimonio" cree tenerlo la Iglesia.
P: ¿Le ve alguna posibilidad al futuro de la música y el entretenimiento libres, análogamente al actual crecimiento del software libre? Si le ve alguna, ¿a qué plazo?
R: Futuro, y a medio plazo, le veo todo el del mundo. Dependerá de nosotros y de nuestra capacidad de construirlo. El futuro, como algo escrito, no existe. Es una construcción que hacemos nosotros y, como toda construcción social, depende de nuestra capacidad de trabajo, unión y sacrificio.
Otros
P: Una contribución un poco exótica que me llegó por comunicación privada:"Yo no tengo ninguna pregunta que hacerle a Bravo, que ya tiene un blog y lo cuenta todo allí." Supongo que se puede traducir a "¿Tiene sentido hacer entrevistas a alguien que ya tiene un blog temático en el que escribe con regularidad, y en el que se pueden hacer preguntas y comentarios directamente?"
R: Creo que las entrevistas sirven para afinar y aclarar ciertos aspectos que a veces se tratan de forma demasiado general en un blog. Otras veces sirven para todo lo contrario, enmarañar y confundir lo más posible. Espero que esta sea de las que se enmarcan en el primer grupo. Gracias por hacérmela y disculpas por el retraso en contestarla.