Diferencia entre revisiones de «Repercusiones de la nueva Ley de Radiodifusión en Argentina»
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Por otro lado ambos grupos tendrían más tiempo del que dicen para adaptarse al nuevo marco normativo, ya que si bien el artículo 161 fija el plazo de un año para este proceso, ese período comenzaría a correr recién después de la conformación de la autoridad de aplicación y de que la misma defina los mecanismos según los cuales se procederá a desmantelar los grupos que excedan la cuota de [[w:frecuencias radioeléctricas|frecuencias]] permitidas.
En este escenario,
El académico Martín Becerra, docente de la [[w:Universidad de Buenos Aires|Universidad de Bueos Aires]] y la Universidad de Quilmes y autor de numerosos estudios y publicaciones sobre concentración de medios en Argentina y convergencia tecnológica, publicó hoy en el matutino [[w:Página 12|Página 12]] un artículo donde indica que "La sanción de la ley por el Congreso presenta un cambio de rumbo: posiciona al Estado como garante de derechos sociales al reconocer al sector no lucrativo y a la economía cooperativa como operadores de un tercio del sistema, al disponer la separación entre Poder Ejecutivo (PEN) y autoridad de aplicación por un lado, y PEN y dirección de los medios (ahora sí) públicos por el otro, al establecer un moderado límite a la concentración del mercado (10 licencias, o 35 por ciento de cuota potencial), al exigir cupos de producción propia como condición para explotar licencias de radio y TV."
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