La nueva ley orgánica de medios entra en vigencia en Ecuador

26 de junio de 2013

El parlamento ecuatoriano aprobó con 103 votos a favor sobre 137 electores parlamentarios de congreso la nueva Ley Orgánica de Medios de Comunicación. El proyecto fue apoyado por legisladores del movimiento Alianza PAIS, entre otros aliados.

Multitudinario recibimiento a Rafael Correa en Otavalo
Gobernación Imbabura / Flickr

La ley consta de 119 artículos y 22 disposiciones transitorias, estableciendo la comunicación como un servicio público. La misma es similar a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual promulgada en Argentina en el año 2009.

El presidente ecuatoriano Rafael Correa envió por oficio dicha ley para su inmediata publicación en el Registro Oficial. Ahora deberá conformarse un Consejo de Regulación que constará de cinco personas, las cuales será designadas individualmente, una por el Poder Ejecutivo, otra por los Consejos de Igualdad; una tercera por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; otra persona será designada por Gobiernos Autónomos Descentralizados, y una quinta por el Defensor del Pueblo.

En cuanto a la redistribución de las licencias se establece que el 34 por ciento se dispondrán para medios comunitarios, un 33 por ciento a medios públicos y el restante un 33 por ciento será para los medios privados. El proyecto también plantea la regulación de contenidos violentos, discriminatorios o explícitamente sexuales; y la obligación de difundir productos nacionales.

Posturas encontradas

La oposición criticó duramente a la ley acusándola de amordazar a la opinión pública y perseguir a los periodistas, como deja ver el artículo del periódico Hoy que reúne titulares de medios internacionales y organismos que se manifestaron en la misma dirección de repudio al nuevo dictamen.

En tanto el periódico digital El ciudadano aclaró que:

La Asamblea destacó que esta Ley no regula la información u opinión en el país. Establece el derecho a la libertad de expresión y opinión, la prohibición de censura previa, la responsabilidad ulterior, el derecho a la rectificación, a la réplica, protección integral de niños, niñas y adolescentes.

De este modo arremete contra los reclamos que suponen a esta ley como truncante de la libertad de expresión.

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